Acuerdo De Confidencialidad Y No Divulgación De Información
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y NO DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN (EN ADELANTE EL “ACUERDO”), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE POR SU PROPIO DERECHO EL USUARIO A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PARTICIPANTE” Y POR LA OTRA, LA SOCIEDAD DENOMINADA SPERIENTIA LABS S.A. DE C.V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR VÍCTOR MANUEL GONZÁLEZ Y GONZÁLEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA EMPRESA” Y A QUIENES EN SU CONJUNTO SERÁN LLAMADAS “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
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Declara “EL PARTICIPANTE”, bajo protesta de decir verdad, que:
a) Cuenta con la capacidad y facultades jurídicas necesarias para contratar y obligarse en términos del presente Acuerdo.
b) Reconoce y acepta que la información materia de este Acuerdo que reciba por cualquier medio o forma y en cualquier momento, así como aquella que en lo futuro reciban conforme al presente Acuerdo, es y continuará siendo propiedad exclusiva de LA EMPRESA.
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Declara LA EMPRESA a través de su representante y bajo protesta de decir verdad que:
a) Es una sociedad debidamente constituida de conformidad con las Leyes de la República Mexicana, tal y como consta en la póliza número 3,845 (tres mil ochocientos cuarenta y cinco) libro primero de registro, expedida por el Lic. Gerardo Ramírez Organista, Titular de la Correduría Pública número 49, de la Plaza de Jalisco en la Ciudad de Guadalajara en el Estado de Jalisco con fecha 3 de noviembre de 2021, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con FME número N-2020020514, en la Ciudad de San Andrés Cholula, Estado de Puebla, el 17 de noviembre de 2021.
b) Su representante legal acredita su personalidad en términos de la póliza número 3,845 (tres mil ochocientos cuarenta y cinco) expedida por Gerardo Ramírez Organista, Corredor Público número 49, de la Plaza de Jalisco en Guadalajara, Jalisco con fecha 3 de noviembre de 2021, e inscrita mediante FME N-2020020514 de la Ciudad de Cholula, Estado de Puebla e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Dicha Ciudad, el 17 de noviembre de 2021; por lo cual cuenta con las facultades suficientes y necesarias para la celebración del presente Acuerdo y declara que hasta la fecha no le han sido modificadas, limitadas ni revocadas en forma alguna.
c) Se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo clave número SLA200331AE3, al corriente de sus obligaciones tributarias.
d) Que para efectos del presente Acuerdo señala como su domicilio principal el ubicado en Calle San Cristóbal 38 Fracc. Rinconada Santa Fe, San Andrés Cholula, Estado de Puebla C.P 72825, México, que señala para recibir y oír las notificaciones y para todos los efectos del presente Acuerdo.
En virtud de las anteriores declaraciones, LAS PARTES expresan estar conformes y de acuerdo con lo manifestado, por lo que otorgan su consentimiento para celebrar el presente al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- Objeto. El presente Acuerdo protegerá toda información que LA EMPRESA proporcione con motivo de la relación con EL PARTICIPANTE, ya sea de forma oral, gráfica o escrita y, en estos dos últimos casos, ya esté contenida en cualquier tipo de documento, para identificar una(las) propuesta(s) de innovación, o en su caso, para estructurar un(los) proyecto(s) de innovación, que se desarrolle , se haya desarrollado o se vaya a desarrollar por terceros a la presente relación y cuyo uso estará también protegido por la ley vigente y aplicable.
SEGUNDA.- EL PARTICIPANTE únicamente utilizará la información facilitada por LA EMPRESA, según sea el caso, para el fin mencionado en la cláusula anterior, comprometiéndose EL PARTICIPANTE a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, advirtiendo de dicho deber de confidencialidad y secreto a terceros pudiendo ser empleados, asociados y a cualquier persona que, por su relación con EL PARTICIPANTE, deba tener acceso a dicha información para el correcto cumplimiento de las obligaciones del presente Acuerdo.
EL PARTICIPANTE y los terceros relacionados directamente con este, indistintamente la personalidad con que se denomine en el presente Acuerdo, no podrá reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente Acuerdo sin previa autorización escrita y expresa de LA EMPRESA, evitando su pérdida, robo o sustracción y notificando a LA EMPRESA en caso de que ocurriera la situación anterior.
TERCERA.- Los derechos de propiedad intelectual sobre la información objeto de este Acuerdo pertenecen a LA EMPRESA y el hecho de revelar para el fin mencionado en la cláusula Primera no cambiará tal situación.
En caso de que la información resulte revelada o divulgada o utilizada por EL PARTICIPANTE, de cualquier forma distinta al objeto de este Acuerdo, habrá de indemnizar a LA EMPRESA, los daños y perjuicios ocasionados, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que puedan corresponder a esta última, o a pagar a LA EMPRESA una pena convencional en el monto de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.), lo que resulte mayor y/o a entera discreción de LA EMPRESA.
CUARTA.- EL PARTICIPANTE se obliga a devolver a LA EMPRESA cualquier documentación, antecedentes facilitados en cualquier tipo de soporte y, en su caso, las copias obtenidas de los mismos, que constituyan información amparada por el deber de confidencialidad objeto del presente Acuerdo en el supuesto de que cese la relación entre LAS PARTES por cualquier motivo.
QUINTA.- El presente Acuerdo entrará en vigor en el momento de la firma del mismo por LAS PARTES,, extendiéndose su vigencia durante todo el tiempo que dure la relación entre LAS PARTES y adicionalmente hasta un plazo de 5 años después de finalizada la relación entre LAS PARTES o, en su caso, la prestación del servicio.
ACEPTACIÓN ELECTRÓNICA. Las “PARTES” están de acuerdo en aceptar electrónicamente el presente consentimiento electrónico y/o digital que establezcan para ello. Dicha aceptación constituirá para todos los efectos legales la manifestación expresa de la voluntad de cada parte para celebrar y obligarse en los términos de este instrumento, así como para autenticar el mismo, por lo que dicha aceptación electrónica tendrá la misma validez, fuerza y efecto legal y valor probatorio que su firma autógrafa.
En caso de cualquier conflicto o discrepancia que pueda surgir en relación con la interpretación y/o cumplimiento del presente Acuerdo, LAS PARTES se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales del Estado de Puebla, con renuncia a su fuero propio, aplicándose la legislación vigente.
Y en señal de expresa conformidad y aceptación de los términos recogidos en el presente Acuerdo, lo firman LAS PARTES por duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha al comienzo indicados.